De acuerdo con los datos aportados por las estadísticas, aproximadamente la mitad de los sujetos que manejan vehículos son los responsables de los accidentes de tránsito que involucran el arrollamiento de peatones en California, en particular, si el incidente tiene lugar en un cruce para peatones, y conforme a las leyes de este Estado, los individuos que resulten lesionados como consecuencia de un accidente peatonal tienen el derecho a demandar a estos responsables que han causado el incidente, por la reparación de los daños que normalmente tienen que soportar y que usualmente incluyen una compensación por los gastos incurridos por causa de servicios médicos recibidos, salarios dejados de percibir, así como el sufrimiento y el dolor que han tenido que soportar, y el lapso de prescripción para estas demandas es normalmente de dos años.

¿Con quién puedo ponerme en contacto para asesorarme sobre lesiones derivadas de un accidente peatonal?

Si usted es residente de San Diego CA, y ha sido víctima de un accidente peatonal, la legislación indica que usted tiene derecho a demandar al responsable por la reparación de los daños sufridos por causa de los cargos por honorarios médicos, tratamientos, medicamentos, salarios dejados de percibir, pérdidas económicas dejadas de generar, así como el dolor y el sufrimiento ocasionados, por ello necesita la asesoría de un abogado con las credenciales y la experiencia necesarias para tener un resultado exitoso en el juicio civil correspondiente, y en San Diego Personal Injury Law Firm contamos con los mejores, porque solamente con examinar los hechos y su relato sobre los mismos, podrán indicarle el procedimiento a seguir para recuperar todas esas pérdidas económicas y no económicas sufridas por usted, y en el mejor de los escenarios, es posible que no sea necesario llegar a un juicio, sino que con un acuerdo extrajudicial será suficiente, así que necesita de nuestros consejos a la brevedad posible, porque el estatuto de limitaciones establece un lapso muy corto para poder reclamar dichos daños, por lo que debe ponerse en contacto con nuestras oficinas lo más pronto posible.

¿Por cuáles tipos de accidentes puede demandar un peatón que se ha visto involucrado en un incidente peatonal en California?

Los incidentes que tienen como consecuencia lesiones sufridas por un peatón en este Estado, en los que puede estar involucrado un peatón, que le conceden el derecho a demandar a los responsables son, básicamente, cuando han sido arrollados por:

  • Los vehículos que, aun teniéndolos según las señales de tránsito, no les ceden el derecho de paso a un peatón,
  • Una bicicletas que se encuentra circulando por una acera
  • Un auto que está circulando por una acera, lo cual está previsto en el artículo 21663 VC,
  • Por un ataque por perros descontrolados,
  • Accidentes provocados por un scooter eléctrico (Bird o Lime),
  • Accidentes ocasionados por otro peatón,
  • Por riesgos o peligros de tropiezos no señalizados.

Recuerde que si un individuo en condición de peatón es atropellado por un automóvil, es posible que tenga derecho a reclamar una compensación por lesiones físicas. Es posible obtener una compensación por causa de las lesiones sufridas presentando una demanda basada en las lesiones físicas sufridas. Incluso si no está seguro de quién es el culpable del accidente, la negligencia o imprudencia de otra persona o del dueño de la propiedad, puede significar que ellos son responsables de sus lesiones. Hable con sus abogados de lesiones de peatones de California sobre quién puede ser responsable de su accidente para que pueda obtener una compensación por sus lesiones.

¿Qué pueden hacer los peatones si resultan lesionados por un auto en California?

Si un peatón es arrollado por un automóvil en un cruce de peatones, estacionamiento o en una avenida o carretera, el individuo lesionado podrá pedir ser compensado por medio de una demanda por lesiones personales. Según la ley que rige la negligencia en este Estado, si un conductor negligente lesiona a un peatón, el conductor podría ser responsable de los daños personales ocasionados a la víctima por el incidente.

A los efectos de poder recuperar los daños sufridos luego del accidente auto en el que resultó arrollado un peatón, el lesionado por el mismo o los familiares sobrevivientes generalmente deben demostrar que el conductor fue negligente. Esto implica mostrar:

  • Que quien conducía le debía al peatón un deber de cuidado;
  • Que quien conducía no cumplió con dicho deber de ser cuidadoso debido a que fue negligente; y
  • Que la negligencia de quien manejaba el auto fue un factor sustancial en la lesión o muerte del peatón.

Aquellos que manejan autos generalmente tienen el deber de ser cuidadosos con los viandantes. Los que manejan también tienen una obligación con otros conductores y ciclistas en las avenidas y carreteras. La negligencia del conductor se puede demostrar mediante infracciones de tránsito, conducción distraída u otras acciones negligentes.

Entre las causas más comunes de accidentes que involucran a autos y peatones se encuentra no ceder el derecho preferente de paso a los peatones. Según el Código de Vehículos de California, en la disposición 21960, los conductores deben respetar el derecho de paso a los peatones en cualquier cruce peatonal marcado o en una intersección.

Hay que tomar en cuenta que el artículo 21709 VC dispone que es ilegal que los automovilistas conduzcan en zonas de seguridad. Son áreas reservadas para peatones sin tránsito vehicular. Un conductor que incumpla con lo dispuesto en la norma 21709 VC y, por esta causa, golpee a un peatón, casi seguramente será considerado responsable de las lesiones que le ocasione.

Sin embargo, incluso si un peatón no estaba en un cruce de peatones, el conductor aún puede ser responsable de las lesiones. Cualquier conducta negligente de quien vaya manejando que haya contribuido con el accidente podría ocasionar que el conductor sea encontrado responsable por las lesiones ocasionadas. Como ejemplos de esta clase de negligencia de los conductores en los accidentes que involucran a peatones se pueden mencionar:

  • Los excesos en la velocidad de circulación
  • No respetar el paso de los peatones
  • Dar la vuelta a un autobús de escuela que se encuentra detenido
  • Pasar de largo una señalización de detenerse
  • Arrollar a otro conductor que estaba en un carril para detenerse por causa de una avería
  • Estar enviando mensajes por texto desde el teléfono móvil y encontrarse conduciendo al mismo tiempo, lo que constituye el quebrantamiento de lo previsto en la disposición 23123.5 VC
  • Manejas bajo los efectos de alcohol o drogas (DUI)
  • No haber dejado el espacio suficiente para que un peatón pueda acceder a su auto que se encuentra estacionado.

Si un individuo fue atropellado por un vehículo en la calle o en un cruce de peatones, debe hablar con un abogado de lesiones personales antes de hablar con la compañía de seguros del conductor. La compañía de seguros del conductor generalmente intentará que usted resuelva el problema por su cuenta, involucrándose en el asunto lo menos posible. El abogado se encargará de la compañía de seguros, para asegurarse de que no se aprovechen de la víctima.

¿Cuáles son las causas comunes de incidentes de arrollamiento de viandantes en este Estado?

Todos los incidentes de arrollamiento de viandantes en California no necesariamente son ocasionados por autos. Existe una cantidad de accidentes de viandantes que podrían resultar de que un viandante sea lanzado al pavimento y sufra graves lesiones. Entre las causas más comunes de este tipo de incidentes en los que se derriba a un viandante sin que esté involucrado un auto, se encuentran:

  • Individuos que se encuentran corriendo por la acera
  • Otros peatones que van distraídos hablando por sus celulares o, simplemente oyendo música
  • Mascotas sin correa que van sin control de sus propietario
  • Montar una bicicleta por la acera
  • Ir en patineta por la acera
  • Un grupo de sujetos que se niegan a moverse de la acera
  • Buses urbanos o grandes camiones que poseen espejos laterales bastante grandes cuya extensión sobrepasa hasta las aceras
  • Un pasajero que abruptamente abre la puerta de un auto estacionado
  • Una riña en plena calle o avenida
  • Menores de edad que corren en el interior de cualquier tipo de establecimiento
  • Menores de edad que juegan en los alrededores de la piscina
  • Festividades, festivales o ferias en la calle que se encuentran repletos de individuos

Mostrar ser negligente en medio de un incidente en el que están involucrados peatones es una acción parecida a ser negligente en medio de un incidente de tráfico entre autos. La víctima lesionada que demanda tiene que demostrar que el demandado actuó con negligencia al momento de ocasionar el incidente o que incumplió las normas sobre viandantes y cruces de peatones en este Estado. En este sentido, el lesionado debe probar, entre otras cuestiones:

  • Que el acusado tenía para con el viandante una obligación de ser cuidadoso;
  • Que el acusado no cumplió con esa obligación de ser cuidadoso por causa de ser negligente; y
  • Que fue la conducta negligente del acusado una causa sustancial de los daños sufridos por el viandante.

Correr por las aceras

Muchos individuos en California usan las aceras con el objetivo de hacer ejercicio, manteniéndose fuera de las calles concurridas. La mayoría de los corredores comparten cortésmente las aceras, pero puede ser que varios de ellos se comporten de una manera desconsiderada o imprudente, constituyendo una amenaza de atropellamiento para los viandantes. En caso de que un corredor golpee a un viandante, su fuerza y velocidad serían capaces de derribar fácilmente a un viandante al pavimento o avenida, ocasionándole daños.

Mascotas descontroladas que golpean a un viandante

Los dueños de mascotas que no las llevan amarradas, no poseen el control sobre las mismas, por lo que deben ser considerados por los incidentes que los mismos ocasionen. En particular, una mascota que tenga un tamaño grande es capaz de saltar por encima de niños y tirarlos al suelo. Otra acción que pueden llevar a cabo este tipo de perros es hostigar a los viandantes, haciendo que éstos tengan que correr y se tropiecen, cayendo al suelo y sufriendo daños físicos. Ciertamente la mascota fue la causante del incidente, pero su dueño debe ser el responsable por las acciones llevadas a cabo por el mismo.

En estos casos, la víctima debe probar que el propietario de la mascota actuó con negligencia, esto es, demostrar que el propietario del animal conocía o debería haber tenido conocimiento de que su mascota constituía una posible amenaza a los demás viandantes y que, a pesar de ellos, no fue capaz de tomar las medidas que un individuo razonable tomaría para evitar causar accidentes.

En estos escenarios, de acuerdo con la Ley de California, el dueño del animal es responsable de negligencia per se, lo que incluye pasear a una mascota sin la debida correa en un sitio en el que se encuentra prohibido pasear mascotas o que estas vayan sin estar atadas a sus dueños.

Montar en bicicleta por una acera arrollando a un viandante

Montar una bicicleta, en particular las hechas para adultos, podría ser un riesgo para los viandantes. No obstante, montar en estos vehículos normalmente es una política permitida por las ciudades, en especial si no cuenta con una ciclovía, pero hay ciudades en las que montar una bicicleta por una acera constituye una infracción. En caso de que un ciclista sea negligente en la conducción y ocasione un arrollamiento de un viandante, será responsable por los daños ocasionados al mismo, aunque se trate de un sitio en el que sea legal montar bicicletas por las aceras.

Grupo de individuos que no se moverán en la acera

Probablemente no existe una normativa concreta sobre los derechos de transitar por una acera. No obstante, los individuos tienen la tendencia a ser corteses como para desplazarnos del lado derecho de la vía, dejando el espacio suficiente para que los demás caminen del otro lado en dirección opuesta. Eso no impide a ciertos grupos de jóvenes que traten de demostrar algo de rebeldía se comporten de manera poco razonable e impidan el paso a los demás en una acera.

Sí este es el caso, y un montón de individuos se lleva por delante a otros viandantes, arrollándolos mientras transitan por la acera en dirección opuesta, pueden ser declarados responsables de los daños sufridos por esa víctima, porque un jurado considere que no cumplieron con el deber de ser cuidadosos con los demás, actuando con negligencia y ocasionando el incidente, por lo que podrían ser condenados a reponer los daños causados a la víctima de su forma de actuar.

Buses urbanos o grandes camiones que poseen espejos laterales bastante grandes cuya extensión sobrepasa hasta las aceras

Es común que camiones muy grandes o buses urbanos estacionados tengan unos espejos en los laterales cuyo tamaño haga que se extiendan e invadan el área de la acera, convirtiéndose en un peligro para los viandantes que se encuentren al borde de las aceras. De hecho, un bus urbano podría ir a una velocidad suficientemente riesgosa al detenerse en una parada y que su espejo lateral pueda golpear y lanzar al piso a un viandante, ocasionándole daños graves, incluso en el cráneo que pueden resultar catastróficos.

Se supone aquellos empleados que conducen buses urbanos tienen la capacidad necesaria para manejar dichos vehículos, de modo que comprenden la distancia hasta la cual los espejos laterales de su unidad se extienden, de modo que si este conductor no ha puesto la atención que debería o tiene un descuido y ocasiona que un viandante se golpee con uno de esos espejos laterales, la víctima podría demandarlos por los daños sufridos.

En estos casos, no solamente el conductor podría ser demandado, sino también podría serlo su compañía empleadora, por causa de la regulación llamada Respondeat Superior, según la cual el empleador podría ser declarado responsable de manera indirecta por la negligencia en la que incurran sus empleados.

¿Quiénes son los que corren un mayor peligro de sufrir lesiones por un arrollamiento a un viandante?

Todo aquel que transite por una acera, estacionamiento o sitio público puede correr el peligro de resultar con daños como viandante. Ahora bien, las lesiones o daños que pueden ser el resultado de un accidente por atropello de viandantes van de depender de cuál haya sido la causa, así como la ubicación y el individuo involucrado. Aunque se haya tratado de una caída simple, dependiendo de la zona del cuerpo que impactó contra la acera, podría producir graves lesiones, inclusive catastróficas, en el cuello, la espalda o la cabeza. Entre las lesiones o daños comunes que pueden sufrir los viandantes en estos casos, se encuentran:

  • Lesiones internas
  • Lesiones cerebrales
  • Contusiones
  • Lesiones de la columna, la espina dorsal, su cuello o el cráneo
  • Traumas faciales
  • Fracturas de huesos
  • Laceraciones, magulladuras o cortes, que requieran sutura o no

Ahora bien, es cierto que cualquier individuo puede resultar lesionado en este tipo de incidentes, pero se considera que hay sujetos que son más propensos a ellos, como es el caso de los ancianos, los niños, los viandantes que se encuentran bajo la influencia del alcohol o de las drogas, los que transitan por zonas urbanas muy concurridas y los que cruzan en lugares donde no existen intersecciones.

¿Cómo debe comportarse un individuo que ha sido arrollado cuando se encontraba caminando por la acera?

Si un individuo es arrollado mientras está caminando en California, y se encuentra consciente luego del incidente, lo primero que debe hacer es atender a sus propias necesidades, para ello debe llamar a los servicios de emergencia, o solicitar que alguien presente en el sitio lo haga, siendo lo normal llamar al 911, para informar del asunto, y quedarse donde está, no debe llegar a la conclusión de que se encuentra bien, incluso aunque no pueda observar que tenga un trauma que sea evidente, porque aunque se haya tratado de una caída con poco impacto, es probable que pueda haber ocasionado un trauma en la columna o espalda, de modo que debe esperar a ser evaluado por un profesional de la medicina. Hay lesiones cuyos efectos no se sienten de manera inmediata sino que se manifiestan al siguiente día y este puede ser el caso, así que es mejor ser atendido por un médico y que luego resulte que no ha sufrido de ninguna lesión, a asumir que no ha ocurrido nada y al día siguiente el individuo tenga que acudir a la emergencia de un hospital, por no haber recibido la atención médica adecuada al momento.

Luego de que se haya recuperado, debe comenzar a recopilar las evidencias de los hechos y de las lesiones, y si el individuo no puede hacerlo personalmente, sus familiares o un abogado pueden hacerlo por él, lo cual puede incluir:

  • El nombre completo y los datos para contactar a cualquiera que haya estado involucrado o que haya presenciado los hechos;
  • Si en los hechos participó un auto, hay que recabar los datos del mismo, de quien lo conducía, el número de su licencia, los datos de la empresa de seguros y su número de placa.

Si el sujeto se encuentra consciente y tiene algo de movilidad, puede usar su teléfono celular para tomar fotografías sobre la escena del incidente, así como registrar datos sobre el auto y sobre sus lesiones.

Nunca admitir que fue culpa del viandante

Si el viandante instintivamente se disculpa por los hechos, eso puede ser empleado por el responsable del mismo en contra suya en una demanda por lesiones físicas a viandantes. Deje la determinación de quien tuvo la culpa para que ello sea establecido por el jurado, en particular, si no tiene seguridad sobre quién fue el verdadero responsable del accidente.

El siguiente paso, luego de que la víctima haya recibido la atención médica que necesita, es contactar con un abogado especializado en lesiones físicas a peatones y no tratar de contactar por su cuenta con la empresa de seguros del responsable, hay que dejar que esa actividad la lleve a cabo un abogado especializado, quien sabrá manejar mejor la situación sobre quién es el responsable y la forma en que la víctima debe ser compensada.

¿Qué sucede si un individuo tropieza con aceras rotas?

Eso va a depender de si la acera, hueco o superficie resbaladiza es de propiedad pública o privada. Si es de propiedad de privada, de acuerdo con las leyes de California, los individuos que tienen la posesión o son propietarios de un inmueble tienen la obligación de mantenerla en unas condiciones razonablemente seguras para los demás, incluyendo sus árboles y sus aceras, por las que las transitan y éstos son los que deben ser demandados por los daños sufridos.

Pero si el accidente ocurrió en una propiedad pública, entonces el demandado debe ser quien tenía la responsabilidad de mantenerla en buenas condiciones para ser transitada.

¿Qué es lo que se puede reclamar en la demanda por daños en este tipo de lesiones o daños?

En la mayoría de los casos, se puede pedir la recuperación de los daños económicos que el demandante pueda demostrar y daños no económicos que hayan sido consecuencia de las lesiones físicas sufridas, aunque también puede haber una diferencia sustancial en la cantidad a indemnizar en caso de que la víctima haya fallecido como consecuencia del accidente y son sus familiares quienes presentan la reclamación, por tanto los daños cuya compensación puede ser ordenada por el Tribunal son:

  • Gastos médicos y hospitalarios demostrables,
  • Gastos por asesoramiento,
  • Gastos por fisioterapia,
  • Los salarios y ganancias dejadas de percibir por causa de la convalecencia,
  • Las pérdidas por haber disminuido su capacidad para generar ingresos,
  • Las pérdidas sufridas por la comunidad conyugal o pareja estable de hecho que esté registrada,
  • Compensación por haber perdido una extremidad.
  • Compensación en caso de quedar desfiguración o cicatrices en la víctima,
  • Las compensaciones propias de una lesión catastrófica, si este fue el caso,
  • Compensación por el sufrimiento y el dolor.

Y si la víctima ha fallecido como consecuencia del incidente:

  • Los gastos incurridos con ocasión del funeral y del entierro o incineración,
  • La compensación por los ingresos económicos que dejará de percibir la familia por el fallecimiento de la víctima, que se calcularán hasta la fecha en que pudo haberse retirado.
  • La compensación por perder su compañía y su apoyo a la familia que lo supervivió.

Pero, en estos escenarios, sólo se permite que la demanda sea presentada por un homicidio culposo a determinados miembros de la familia superviviente de la víctima, entre los que se encuentran, el cónyuge o su pareja estable de hecho registrada, sus hijos, sus nietos siempre que los hijos de la víctima hayan fallecido antes, sus padres si no tenía una familia propia, o a cualquier otro individuo que hubiera tenido derecho a la sucesión del fallecido de manera intestada según las leyes de este Estado.

¿Qué pasa si el demandado alega que el demandante también tuvo algo de culpa en las lesiones que se le produjeron como consecuencia del incidente?

Que el jurado será instruido sobre algo que se llama teoría de la culpa comparativa, y si determina que la víctima tuvo algún porcentaje de responsabilidad en la ocurrencia de los hechos, le otorgará a modo de compensación la cantidad correspondiente al porcentaje que fue responsabilidad del demandado en los hechos.

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En caso de que usted haya sido víctima de un accidente peatonal en San Diego CA, del cual haya resultado lesionado, por lo que haya tenido que pagar honorarios médicos, tratamientos, medicamentos y haya dejado de percibir las remuneraciones a que la que tenía derecho por el desempeño de sus labores, de no haber ocurrido el accidente, tiene todo el derecho de demandar a aquel sujeto que sea responsable del incidente, por lo que tiene que ponerse en contacto con abogados especializados en esta clase de demandas, como los que tenemos en San Diego Personal Injury Law Firm, porque conocen todos los pasos que deben ser dados para que se llegue al resultado más favorable en su favor.

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