Una vez que una persona ha tenido un incidente peatonal, y está ha sufrido lesiones que van desde daños físicos a daños mentales, las cuales han afectado su calidad de vida e inclusive afectar su dinámica familiar, aunado al hecho de que podría perder la posibilidad de generar ingresos para sustentar sus necesidades y las de sus seres queridos, puede acceder a una compensación por daños y perjuicios. En este sentido la legislación de San diego, California es muy enfática puesto que brinda el apoyo que la víctima necesita en momentos en los cuales además de tener que aprender a sobrellevar los efectos de sus lesiones, sigue teniendo gastos para cubrir sus necesidades básicas y para paliar los daños físicos y emocionales que les ha podido dejar el accidente.

Todos los gastos ocasionados a raíz del accidente, facturas médicas, salarios caídos por incapacidad laboral, gastos funerarios, si la víctima fue un familiar, inclusive el dolor y los daños psicológicos deben ser cubiertos por el responsable del incidente, para lograr una indemnización ajustada a su realidad debe contar con una asesoría competente y especializada en casos de accidentes peatonales y lesiones personales. En San Diego cuenta con la ayuda de San Diego Personal Injury Law Firm, donde contamos con los conocimientos necesarios para lograr un fallo favorable y que aun cuando ha pasado por un momento difícil consiga un poco de tranquilidad.

¿Cuáles compensaciones están disponibles?

En este sentido existen 2 tipos de indemnizaciones a las que puede acceder, económicas y no económicas. Las económicas son aquellas que parten del gasto directo en el mejoramiento físico y mental de la víctima, igualmente se anexan los gastos que se refieren a asuntos legales o por el pago de asesoría jurídica y psicológica y aquellos ingresos que se dejan de obtener por licencia médica. Algunos de los daños económicos por los cuales puede pedir una compensación son:

  • Gastos Médicos: Son aquellos desembolsos que la víctima realizó a raíz del incidente, con la finalidad de hacerle frente a la lesión. Estos gastos incluyen: exámenes médicos, hospitalización, cirugías, terapia física y psicológica, medicamentos y prótesis.
  • Daños a la propiedad: podría darse el caso que al momento de sufrir la lesión una propiedad del afectado pudiese haber sufrido daños, esto también puede ser indemnizado si se cuenta con la evidencia probatoria.
  • Disminución de ingresos por el tiempo que no trabajó: Si luego del incidente usted no puede cumplir con su trabajo estos ingresos no percibidos deben ser considerados y pagados por el responsable.
  • Rebaja de la capacidad de generar un ingreso: si por efecto de la lesión no puede trabajar puede solicitar una compensación por el dinero que dejará de recibir al no poder realizar su trabajo.

De la misma manera puede solicitar compensación por otros motivos como son:

  • Sufrimiento
  • Agitación mental.
  • Ansiedad o estrés post traumático.
  • Deformación facial.
  • Pérdida del gozo.

 En algunos casos, también puede solicitar una indemnización punitiva. El jurado puede aprobar estos pagos para castigar al acusado por agravio intencional, negligencia o imprudencia excesiva, como el conducir bajo los efectos de las drogas o alcohol.

Tenga presente que su reclamo por accidente de peatones podría generarle una mayor compensación, ya que podría solicitar indemnización por daños no económicos, los cuales se refieren a pérdidas intangibles y angustia generada por experiencias negativas que suelen ser el resultado de un incidente de este tipo, entre ellos conseguimos: dolor físico crónico, tribulación psicológica y trauma. Darles una valoración monetaria a cuestiones intangibles como la angustia y el sufrimiento pudiera parecer complicado, pero si cuenta con la asesoría de un abogado experimentado este cuenta con las herramientas para darle un valor justo de compensación por el sufrimiento y el dolor sobrevenido por el perjuicio.

Aun cuando es probable que el demandante tenga una mejoría completa de sus daños, su abogado puede buscar una indemnización por sufrimiento “per diem” que le permite acceder a una cantidad de dinero asignada por día hasta que se alcance la mejoría médica máxima. Si existe la probabilidad de que el afectado tenga complicaciones de salud a largo plazo o discapacidades permanentes relacionadas al incidente de peatones, el abogado puede utilizar un multiplicador de hasta 5, el cual será determinado por la gravedad de los daños ocasionados. Es decir, si el demandante pide $200,000 por elongaciones médicas y con el tiempo desarrolló una discapacidad a largo plazo por su lesión, su abogado puede solicitar hasta $1,000,000 o incluso más en compensación por daños y sufrimiento. Esta indemnización tiene la finalidad de reflejar la disminución en su calidad de vida y las complicaciones de salud que ha contraído a largo plazo a razón del accidente.

¿Puedo recuperar los daños si me culpan por el accidente de peatón en San Diego?

 Según la legislación de San Diego existe una norma denominada Regla Comparativa en las demandas donde la culpa es compartida. Aun cuando usted tenga el 99% de la culpa en el accidente puede acceder a una compensación por el 1% restante, es decir si sus daños tienen un valor de $200,000 pero se le asigna una culpa del 75% usted recibirá $50,000 por concepto del 25% restante.

Tenga en cuenta que, si en un accidente no hay un culpable obvio, las aseguradoras tienden a manipular esta situación a su favor para así disminuir la cantidad de dinero que deben pagar. De ahí parte la importancia de contar con apoyo legal de calidad.

¿Cuáles son los pasos para recuperar una compensación?

Cuando requerimos recuperar compensaciones asociadas con lesiones personales a consecuencia de un accidente peatonal es fundamental contar con los conocimientos de un abogado especialista en estos casos específicos. Esto le permitirá que se construya un caso sólido y difícil de manipular por la contraparte o por las compañías de seguro, de igual manera esto le garantizará obtener el monto justo de indemnización por los daños. Posiblemente después del incidente no sepa como empezar el proceso o debido a su estado de salud no cuenta con la disponibilidad para hacerlo y deba apoyarse en alguien confiable que lo haga.

En primer lugar, el abogado debe determinar quién es el culpable y si es responsable del 100% del accidente o si habrá culpa comparativa en el caso para armar su caso antes de presentarlo, también puede suceder que el acusado. que normalmente sea el conductor, no sea uno solo.  En esta fase el abogado lo ayudará a recabar las pruebas necesarias para construir un reclamo fuerte y con bases sólidas identificando al acusado, o los acusados que serán responsables de sus pérdidas y comprobar negligencia en el incidente.

La segunda fase en la edificación de su caso para recuperar una compensación, es determinar el valor de los daños sufridos y cuáles pueden ser reclamados en la corte. Para esto se debe hacer una minuciosa revisión de los perjuicios que acarreó el accidente, podemos mencionar: pérdida de ingresos, facturas médicas y hospitalarias, daños a la propiedad, sufrimiento y estrés post traumático, etc. Se debe tomar en cuenta que también debe contar con material probatorio de la negligencia del demandado y que no hay otro causal más que ese del accidente, una vez establecida la causalidad entre la negligencia del acusado y sus lesiones las posibilidades de ganar su caso se multiplican por mucho.

Como último antes de presentar el caso, su abogado debe contactar testigos expertos que expliquen aquellos detalles técnicos que puedan existir en su caso y que les dará una base más creíble a sus pruebas, estos testigos, que pueden ser Médicos, también deben dar testimonio del alcance del sufrimiento a raíz de las lesiones sufridas, de igual manera debe contar con un experto en reconstrucción de accidentes para darle una visión clara y precisa al jurado de lo sucedido.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar y recuperar las compensaciones?

En el estado de California, si usted quiere demandar al culpable de sus lesiones luego de un incidente peatonal cuenta con un plazo de 2 años para hacerlo, a partir del día del accidente, pasado este lapso es muy difícil que un Juez tome en cuenta su demanda, no obstante como toda norma existe una excepción: Si la lesión no la descubre de inmediato, sino al tiempo del accidente usted cuenta con 1 año desde la fecha en la que la descubrió, y debe tener basamento probatorio médico sólido de que dicha lesión es causa directa del accidente, de esta manera su demanda procederá con éxito.

Muchas de los daños físicos no aparecen inmediatamente después del incidente, o no son visibles de momento, por ejemplo, un trauma cerebral a veces puede desarrollarse con el tiempo y no presentar síntomas inmediatos. Incluso tiempo después puede presentar síntomas cognitivos o psicológicos, visión nublada, daños en la memoria a corto plazo, meses después del incidente y ser esta causa directa del incidente. Igualmente sucede con los daños en los tejidos blandos, la sintomatología tarda en aparecer.

Excepciones disponibles a la Ley de Prescripción de Lesiones Personales en San Diego

Existen excepciones disponibles en la ley que significan que cuenta con más de 2 años para demandar en caso de un accidente peatonal. La primera excepción disponible es la que mencionamos en párrafos anteriores donde usted puede alegar que la lesión no mostró sintomatología inmediata al incidente, lo que le da un tiempo de 1 año a partir de que se descubre la lesión siempre y cuando esté directamente relacionada con el accidente. De igual forma una víctima de un accidente peatonal que ha perdido la oportunidad de presentar su demanda tiene 2 excepciones más:

  • El perjudicado era menor de edad al momento que sucedieron los hechos, o no tenía la capacidad legal para proceder legalmente en el momento del infortunio.
  • El presunto culpable de causar el incidente, y por consiguiente de los daños abandonó el estado justo después del accidente sin dar espacio a que el perjudicado pudiera entablar su demanda, esto permite que una vez el presunto culpable está en la jurisdicción de los hechos pueda resultar demandado.

¿Se puede negociar un acuerdo durante una recuperación de compensación?

La respuesta es Sí, usted puede negociar un acuerdo siempre y cuando esté dentro del tiempo de prescripción legal; de lo contrario podría recibir una negativa de la contraparte, ya que habrá perdido su derecho de exigir una indemnización en una corte. El presunto culpable no sentirá la amenaza de ser demandado por lo tanto no habrá motivación para negociar. En cambio, estando en el tiempo legal permitido su abogado puede entablar conversaciones con la aseguradora del demandado para lograr un acuerdo justo para el perjudicado, debe tomar en cuenta que una negociación puede llevar mucho tiempo y que la parte demandada puede jugar con este cuando ya está por prescribir el tiempo legal para llevar un caso a la corte. Dado el caso que las conversaciones no lleguen a un acuerdo positivo, puede proseguir a presentar una demanda formal ante el tribunal pertinente.

¿Quién puede ser obligado a pagar una indemnización en accidentes peatonales?

En casos de incidentes de este tipo podrían ser considerados culpables de las lesiones ocasionadas durante y después del accidente. Alguna de las partes que podrían ser demandadas son:

  • El conductor: es el principal sospechoso, esto se debe a que en su mayoría los accidentes de peatón son ocasionados por automovilistas distraídos o negligentes causando daños que pueden ser catastróficos, inclusive la muerte. Ir pendiente del celular, tratar de comer o maquillarse sin ensuciar el vehículo o manejar bajo la influencia de las drogas o el alcohol son las causas más comunes de incidentes que terminan en lesiones.
  • Compañías privadas: Si el vehículo involucrado pertenece a una empresa privada es deber de la misma correr con los gastos asociados a una demanda por lesiones en un incidente peatonal. Esta culpabilidad viene del hecho de que es responsabilidad absoluta de la empresa el mantenimiento y el correcto funcionamiento de sus vehículos.
  • Empresas Automotrices: estas empresas deben cumplir con los requerimientos y pruebas necesarias para asegurarse que sus autos o piezas en específicas funcionen correctamente previniendo que un mal funcionamiento del carro o de una pieza del mismo ocasionen accidentes donde estén involucrados peatones.
  • El Gobierno: así como lee, usted también puede demandar a organismos públicos, si el automóvil pertenece a un organismo del estado puede dirigir su demanda hacia el organismo público, de igual manera si una mala señalización o una calle o acera en mal estado o mal diseña produjo el incidente es deber del estado asumir la indemnización a la víctima.

¿Qué rol juegan las aseguradoras durante una solicitud de compensación?

Cualquier conductor que resulte involucrado en un accidente tiene el deber de informar a su asegurador del hecho, este debe presentar un informe detallado si en dicho hecho estuvo involucrado un pasajero o un caminante. La legislación en el estado de California obliga a que cada conductor posea un seguro de lesiones de mínimo $15,000, acompañado de un seguro por daños a la propiedad de $5,000, esto con la finalidad de tener con qué responder en caso de accidentes donde ocurran daños a personas o propiedades.

Una vez se suscita un hecho de este tipo es necesario que usted busque atención médica inmediata así la aseguradora tendrá conocimiento pleno de las lesiones sufridas y que merece una compensación por las mismas, si usted pasa por alto esta solicitud la compañía de seguros va a asumir que no necesita dicha indemnización y será más complicado para usted solicitarla posteriormente, recuerde que una indemnización es el resultado de lesiones o daños causados en accidentes.

Sin la examinación médica o si no recibe tratamiento para sus lesiones no tiene derecho legal a reclamar a una aseguradora, el chequeo médico te permite la posibilidad de entablar una demanda con los medios probatorios correctos, sobre todo cuando tu seguro no cubre la totalidad de los daños. Es un hecho que una vez el automovilista advierte a la compañía de seguros sobre el hecho está se pondrá en contacto con usted para verificar los hechos y comprobar su estado de salud, además de conocer su versión de los hechos, es por esto que es necesario que cuente con un historial médico que detalle las lesiones sufridas

Cuando se suscita este contacto con la aseguradora debe cuidar mucho sus palabras, ya que la compañía no buscara que usted gane una compensación sino todo lo contrario, podría buscar la forma de restarle responsabilidad al presunto culpable y que no deban cumplir con su obligación de indemnizar. Lo mejor es no contestar preguntas y remitirlo con su abogado quien tiene la experiencia al momento de tratar con estas compañías.

¿Qué pruebas necesita para comprobar que merece una compensación?

Si usted se ha visto involucrado en un caso de donde se deriven daños físicos, psicológicos, de propiedad e inclusive la muerte debe tomar en cuenta que para presentar una demanda ante una corte debe contar con material probatorio del hecho. Dicho material se encuentra principalmente en donde se produjo el incidente y en el mismo instante así que debe estar atento y actuar inmediatamente. Algunas pruebas que le pueden ayudar en su juicio son:

  • Material fotográfico o de video, especialmente si el culpable se dio a la fuga o hizo el intento de hacerlo. De igual forma sirve los videos o fotografías tomadas por cámaras de organismos públicos o privados en las adyacencias del hecho.
  • Informe de las autoridades involucradas. Es común que las autoridades cuando se apersonan al lugar del accidente hagan sus indagaciones y anotaciones sobre el mismo estos pueden ser un de gran importancia durante el juicio por su contenido.
  • La ropa que llevaba al momento del accidente. Aunque parezca algo sin sentido su vestimenta puede dar constancia de lo sucedido o de la gravedad de los daños así que es aconsejable que no la tire o la lave después de los hechos.
  • Testigos presenciales, son aquellos que han logrado ver lo sucedido y su testimonio es necesario para esclarecer ante un jurado lo sucedido.
  • Testigos expertos. Estos son necesarios para reconstruir el caso o dar fe de que sus daños y lesiones fueron causa directa del incidente sin menoscabar su importancia.
  • Soportes médicos. En estos se incluyen facturas, diagnósticos, exámenes que se le hayan practicado y constancia de terapias físicas o psicológicas a las que ha debido someterse después del accidente

¿Dónde contratar un Abogado especializado en recuperación de compensaciones Cerca de mí?

Verse involucrado en un accidente peatonal es algo traumático pero si aunado a esto usted termina con lesiones o inclusive la muerte, la situación podría empeorar no solo para usted, también afectara a sus familiares o seres queridos;  es común en estos casos que los gastos se incrementen considerablemente a causa de los gastos médicos y legales en los que debe incurrir y que deberían ser cubiertos por la parte acusada ya que sería el responsable inmediato de su situación actual, también podría ser su caso en el que pierde su capacidad para generar ingresos por una lesión que lo inhabilite. Todas estas situaciones están amparadas por las leyes donde puede acceder a una compensación por daños físicos y psicológicos. Cualquiera que sea su caso si se ha visto implicado en alguna situación similar en la ciudad de San Diego, es imperativo que cuente con la asesoría de un abogado que tenga trayectoria manejando casos donde sea necesaria una indemnización.

Nosotros en San Diego Personal Injury Law Firm contamos con profesionales especializados y comprometidos a lograr que su caso prospere y consiga un fallo favorable para usted y su familia, recuerde que contar con la asesoría adecuada es la diferencia entre mejorar su calidad de vida o enfrentarse con situaciones desagradables o que pierda tiempo valioso en cuanto a los lapsos para demandar y obtener una compensación justa.

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