Como podrá imaginar resulta mucho más rápido y además seguro viajar por vía aérea, no obstante aún existe la posibilidad de que se configuren accidentes que en su mayoría son catastróficos, dado que dan lugar a serias lesiones personales y en la mayoría de los casos a la muerte. Aunado a ello, debe tomar en cuenta que los aviones de menor tamaño tienen mayor probabilidad de chocar si se le compara con un avión de gran tamaño o uno comercia. Una demanda fundada en un accidente de avión suele ser bastante compleja. Para tales casos resulta muy relevante el sitio específico donde se suscitó el accidente, pero resulta aún más importante el sitio donde se presenta un caso, puesto que ello repercute directamente sobre la suma total de la compensación que una víctima debe recibir debido a los daños y las lesiones sufridas. Cuando el accidente está vinculado a cualquier aerolínea nacional, existe la posibilidad de formular una demanda ante una corte de los Estados Unidos. Pero cuando el accidente ocurre fuera del territorio de país se pueden instaurar recursos legales basados en convenios internacionales.

Considere que en esta clase de accidentes son muchos los que pueden resultar lesionados, siendo los más comunes los pasajeros a bordo del avión y el piloto. No obstante incluso los empleados de las aerolíneas, espectadores de espectáculos aéreos o aquellos cuyas funciones cotidianas los hace estar cerca de aviones, también están en posibilidad de sufrir accidentes de esta índole. Independientemente de que una persona se encuentra en el interior o exterior de un avión puede sufrir lesiones graves que modifiquen su vida por completo o incluso la pongan en peligro.

Usualmente cuando ocurre esta clase de accidente tanto la aerolínea como la empresa aseguradora trata de convencer a la víctima para que acceda a firmar un convenio a efectos de resolver el reclamo con la mayor prontitud posible, pero debe saber que normalmente no le dan mucha importancia a los intereses de una víctima, sino que tratan de evadir demandas con el objetivo de salvaguardar su prestigio y ganancias. Por ello siempre es importante consultar el caso con un abogado en el área de las lesiones personales para obtener la mejor compensación posible y evitar caer en errores.

Si usted se encuentra en San Diego, CA y lamentablemente se vio involucrado en un Accidentes de Avión, que le causó lesiones catastróficas y por el cual amerita una compensación, es importante que no realice ningún convenio ni con la aerolínea ni con la aseguradora antes de que un abogado experto de la firma San Diego Personal Injury Law Firm lo asesore y le indique cual es la acción legal más conveniente a seguir para que obtenga los resultados más favorables posibles. Un abogado de dicha firma se encarga de negociar con la empresa aseguradora para obtener la compensación equitativa que usted se merece y de ser necesario pedirá a la corte que le conceda el mejor convenio posible para que logre cubrir los daños que sufrió.

¿Qué son lesiones catastróficas?

Son aquellas que ocasionan la pérdida ya sea permanente o prolongada de la función o la utilización de cualquier extremidad u órgano. Considere que en algunos escenarios las lesiones que una víctima sufre durante un accidente aparentan no ser graves en el momento, sin embargo con el paso del tiempo pueden provocar problemas significativos.

Entre este tipo de lesiones se incluyen:

  • Lesiones o parálisis de médula
  • Lesiones traumáticas, así como otras cerebrales que ocasionen discapacidad física.
  • Daño a los órganos.
  • Deterioro cognitivo de tipo permanente y desequilibrio en el estado anímico.
  • Amputación.
  • Perdida en cuanto al uso de extremidades.
  • Pérdida de la visión.
  • Pérdida de la audición.
  • Cicatrices.
  • Desfiguración.

¿Qué problemas complicados a nivel legal se relacionan con un accidente de avión?

Los reclamos por lesiones sufridas a raíz de un accidente de avión usualmente son complicados dado que implican múltiples normas tanto federales como estatales, lo que hace más difícil, que un sujeto perciba una indemnización. Como ejemplo, el pacto de Montreal celebrado en 1999 dio entrada a un sistema de responsabilidad cuyo objetivo era favorecer a quienes resulten víctimas al disminuir el lapso de duración de los litigios. Tal pacto no exige que se demuestre negligencia intencional por parte de un transportista con la finalidad de percibir una indemnización. Por su lado las aerolíneas son responsables por una cantidad máxima comprendida por 100.000$ en base a daños.

Aunado a ello, no solo los transportistas sino también otras entidades distintas pueden resultar culpables por un accidente. Usualmente los reclamos basados en accidentes de esta clase ameritan que la responsabilidad sea compartida entre varias personas, situación que puede llevar a alcanzar una compensación que resulte más elevada.

Por otro lado, los litigios basados en esta clase de accidentes se fundamentan en investigaciones intensivas y la vigilancia de distintas oficinas. Lo que amerita del conocimiento de leyes tanto federales como estatales que se ajusten al tema.

  • La NTSB tiene a su cargo la función de investigar accidentes aéreos. así como recomendar modificaciones en cuanto a los procedimientos establecidos de seguridad en las aeronaves.
  • La FAA, por su lado, tiene la función de hacer cumplir las normas de aviación. Tal oficina de igual modo vigila la elaboración, operación y el mantenimiento de toda clase de aeronaves en el territorio de los Estados Unidos.
  • Las normas estatales de igual modo se pueden aplicar en los accidentes de tipo aéreo.

¿A qué se refieren las normas sobre negligencia en California?

En el Estado de California se emplea un sistema conocido como negligencia corporativa, cuando se procesan reclamos basados en lesiones personales. Con base a tal sistema se pueden presentar reclamos por daños y perjuicios contra un demandado, aunque el mismo tenga solo parte respecto a la culpa. Un sujeto posee derecho a ser compensado por su parte de la pérdida por la cual el acusado resulta responsable, esto se aplica incluso cuando la responsabilidad finalmente supera el 50%. Así por ejemplo, cuando un jurado determina que el demandante tiene el 70% de la responsabilidad en un caso de lesiones donde los daños son comprendidos en 1.000.000$, el demandante posee aún el derecho de ser compensado por el 30% restante, es decir por 300.000$. Tome en cuenta que la decisión sobre cuál es el porcentaje de culpabilidad de cada parte recae sobre un jurado. Lo que hace importante estar respaldado por un abogado especialista en la materia.

De acuerdo a las leyes vigentes en California, toda aseguradora o las aerolíneas que incurran en el acto de cobrar por trasladarse en sus aviones son transportistas comunes. Por ende, tienen una obligación de diligencia, así como de cuidado hacia la seguridad de las personas. Esta obligación es más elevada que un estándar basado en negligencia ordinaria, la cual resulta aplicable durante lo que dure el traslado, en lo que se debe incluir tanto el embarque como el desembarque de los aviones. Cuando un sujeto resulta ser un pasajero el cual no cancela el costo de un vuelo respecto al cual usualmente pagaría, la empresa o la aureolina de igual modo tiene con él una obligación debida de diligencia y de atención ordinario, aun cuando no posea la obligación de sumo cuidado.

Esta última obligación resulta aplicable a las operaciones y mantenimiento de un avión, aun cuando los contratistas independientes mantengan los aviones a nombre de una aerolínea, tome en cuenta que el deber de mantenimiento de un avión no resulta delegable a otro. Al respecto las aerolíneas no pueden evadir su responsabilidad de mantenimiento sobre un avión al contratar a cualquier contratista externo, ello significa que la aerolínea continúa siendo responsable en cuanto a la negligencia de un contratista.

Conseguir pruebas reales de accidentes de aviones con frecuencia resulta bastante complicado. Usualmente, en esta clase de accidentes no hay sobrevivientes que relaten los hechos y los aviones terminan en tan malas condiciones que a la FAA le es muy complejo encontrar la verdadera causa de un accidente. Por suerte existe una teoría conocida como "res ipsa loquitur”, que puede ayudar a un sujeto a ganar un caso. Dicha teoría protege a un sujeto cuando la razón que dio lugar a un accidente aéreo resulta muy difícil de concretar.

De acuerdo a la mencionada teoría se presume negligencia en un caso cuando cumple los siguientes parámetros.

  • Esta clase de accidentes por lo general no se configuran sin que haya negligencia por parte de alguna persona.
  • La oficina que ocasionó el accidente o lesión está bajo el estricto control del acusado.
  • El accidente o la lesión, no ocurrió por la contribución o la acción voluntaria del acusado.

Por ende existe la presunción de que existió negligencia en la mayor parte de los accidentes de aviones, salvo en lo que sean presentados ya sea de parte de pilotos o de copilotos. Un piloto o su asistente pueden presentar un reclamo por perjuicios y daños cuando otra parte, a no ser un piloto o empleador, tenga la culpa. Cuando no se puede presentar una demanda contra el empleado aún se puede presentar contra un fabricante o proveedor del avión siempre que pueda demostrarse la negligencia.

En determinados escenarios, demostrar que transgredió un estatuto o reglamento puede ayudar a un demandante a ganar su caso. Dichas transgresiones generan una presunción respecto a la negligencia y trasladan la carga probatoria. Un acusado tiene la obligación de dejar en evidencia que no hubo negligencia de su parte. No obstante, transgredir un estatuto necesariamente no genera ninguna presunción sobre negligencia, en los casos donde el objetivo del estatuto no es específicamente amparar a todos en general de la clase de lesión sufrida.

¿De qué modo se concreta la responsabilidad?

En los casos donde se configuran accidentes de avión, con frecuencia nadie resulta culpable, ello ocurre por ejemplo cuando los accidentes son resultado de la situación climática. No obstante, en muchos otros escenarios varios son los que resultan culpables del accidente. Se requiere hacer una investigación profunda con la finalidad de concretar la causa que dio lugar al accidente y quien en verdad resulta culpable.

Entre las causas principales de accidentes de tipo aéreo se pueden señalar:

  • Errores por parte del piloto.
  • Clima
  • Problemas en cuanto al manejo sobre tierra.
  • Errores respecto al controlador del tránsito aéreo,
  • Fallas mecánicas.
  • Defectos de fábrica y de diseño.
  • Normas de seguridad.
  • Sabotajes terroristas.

A pesar de que muchas veces es muy complejo concretar cuál fue la razón que dio lugar a un accidente aéreo, resulta vital porque son muchas las partes que conforman una demanda. Ello abarca:

  • Una aerolínea.
  • Un aeropuerto.
  • Un piloto.
  • Un oficial a cargo de controlar el tráfico aéreo.
  • Un fabricante de aviones.
  • Una compañía de mantenimiento.

Sin importar cuál sea la causa del accidente, un sujeto posee derecho a ser compensado por las pérdidas económicas y los perjuicios tanto emocionales como físicos. Un jurado o un juez tendrán a su cargo la tarea de establecer quién tiene la responsabilidad, así como de distribuirla entre cada una de las partes que la tenga. Cuando un acusado es culpable al 100%, es probable que la corte conceda la compensación por el 100% de daños.

¿Qué comprende un estatuto sobre limitaciones?

El estatuto sobre limitaciones se refiere al lapso de tiempo durante el cual es posible que un sujeto consigne una demanda. Cuando un sujeto no formula una demanda por esta clase de accidentes durante el lapso establecido, perderá el derecho de ser compensado por los daños. Hay estatutos relativos a limitaciones de equidad fundamental. Cuando pasa el tiempo es normal que los recuerdos desaparezcan, los testigos cambian su sitio de residencia y las evidencias se desvanezcan. Un estatuto de prescripción incita a un sujeto a formular una demanda de modo diligente y amparar a un acusado de estar en incertidumbre por la posible presentación de reclamos fundados en accidentes que han ocurrido con anterioridad.

Usualmente, el periodo de prescripción de demandas basadas en lesiones personales para California está comprendido en dos años. Tal lapso comienza a correr desde que un sujeto conoce o debió haber conocido que existía la lesión. No obstante, para el caso de ciertas lesiones como las lesiones cerebrales traumáticas, donde los daños aparecen con el paso del tiempo y son detectados con posterioridad, el tiempo de prescripción empieza a contarse desde el instante en que el sujeto conoce de la existencia de una lesión. Pero, debe formular un reclamo contra oficinas gubernamentales o contra sus empleados durante los 6 meses consecutivos a la lesión.

¿Qué debe hacer un sujeto que padece lesiones durante esta clase de accidente?

Los accidentes de avión desafortunadamente en su mayoría son catastróficos, inclusive muchas veces ocurre que profesionales que cuentan con capacitación no logran mantener el control luego de un accidente. En estos casos la seguridad de los involucrados es la prioridad y por ende lo mejor es que un profesional de la salud les facilite tratamiento médico inmediato. Ahora bien, cuando un profesional médico lo aprueba, es importante recaudar información de importancia para armar el reclamo. Al respecto se debe ejecutar lo mencionado a continuación:

  • Tomar nota sobre la información vinculada al accidente que se pueda recordar.
  • Tomar ya sea fotos o videos que capturen las lesiones y la escena donde ocurrieron los hechos.
  • Llevar nota y almacenar documentos del estado de salud que se tiene luego del accidente, así como del tratamiento médico recibido.
  • Recaudar información que sirva para contactar a las víctimas y a los testigos en caso de haberlos.
  • No establecer ningún tipo de conversación con la aseguradora o aerolínea sin la presencia de un abogado.

¿Cuáles daños resultan recuperables?

Una lesión catastrófica quizás lleve a que un sujeto tenga que cubrir gastos no previstos por toda su vida. Ello le hace merecer un convenio que le ayude a cubrir la totalidad de los costos generados en razón de los mismos. Al respecto, cuando una persona sufre alguna lesión catastrófica por cualquier accidente aéreo, está en potestad de ser compensado por tres tipos diferentes de daños, que se mencionan adelante:

Daños económicos

Son daños a los que se les puede asignar un valor estimado en dólares, por los gastos en que incurrió la víctima de un accidente o en los que puede incurrir por una lesión. Tales daños abarcan:

  • Gastos médicos ya sean actuales o futuros, dentro de lo que se deben incluir las pruebas necesarias, las resonancias magnéticas, los medicamentos, las radiografías, las cirugías y tratamientos postoperatorios.
  • Terapia psicológica.
  • Terapia física.
  • Ingresos dejados de devengar.
  • Atención ya sea de corto o de largo plazo.
  • Pérdida respecto a la capacidad para generar ingresos.
  • Costas, como lo son honorarios legales, pago de hoteles y gastos de traslado.

La corte usa los testimonios de los médicos u otros profesionales del área de la medicina con la finalidad de concretar los gastos médicos. Aunado a ello, con frecuencia un especialista de tal industria o economista establece la pérdida concreta de los salarios futuros.

Daños no económicos

Dentro de esta clasificación se incluyen aquellos daños a los que no se le puede asignar un valor en dólares, dentro de los que se pueden mencionar:

  • Dolor y sufrimiento.
  • Desfiguración.
  • Pérdida respecto a la capacidad de disfrutar la vida.

Tanto el dolor como el sufrimiento, dentro de lo que se incluye la angustia emocional usualmente son considerados los daños más importantes. No existe experto alguno que pueda ponerle valor a este tipo de daños, ni ninguna fórmula alguna que pueda determinarlo. Ello varía entre todos los casos, dependiendo en gran modo del sitio donde se presenta el reclamo, la severidad del accidente y el modo en que sea presentado el problema.

Daños punitivos

La corte con normalidad concede esta clase de daños como una especie de sanción contra el acusado, para que el mismo se abstenga de incurrir de nuevo en acciones similares a las que dieron lugar al accidente. Usualmente, solo se otorgan daños punitivos en casos presentados contra corporaciones grandes como lo son las aerolíneas. No obstante, cuando la conducta de un acusado es demasiado atroz, intencional o maliciosa, la corte puede conceder daños punitivos, ya sea contra una empresa pequeña o un sujeto.

¿Cómo encontrar un abogado de lesiones personales de Los Ángeles cerca de mí?

Como alcanzo entender, todo sujeto que se vea involucrado en un accidente de avión tiene derecho a obtener una compensación por los daños sufridos. No obstante estos casos resultan muy complejos dado que los mismos usualmente son muy devastadores y en ocasiones resulta la muerte de todas las víctimas e incluso es difícil concretar cual fue la causa que conllevo al accidente. Pero siempre es posible salir bien favorecido, al ser beneficiado por parte de la corte, pero para ello es fundamental contar con la asesoría y representación de un abogado experto en el área de lesiones personales que se ocupe de todo el procedimiento y que indique que acciones legales poner en curso.

Si usted se encuentra en San Diego, CA y lamentablemente se vio involucrado en un Accidentes de Avión, que le causó lesiones catastróficas y por el cual amerita una compensación, es importante que no realice ningún convenio ni con la aerolínea ni con la aseguradora antes de que un abogado experto de la firma San Diego Personal Injury Law Firm lo asesore y le indique cual es la acción legal más conveniente a seguir para que obtenga los resultados más favorables posibles. Un abogado de dicha firma se encarga de negociar con la empresa aseguradora para obtener la compensación equitativa que usted se merece y de ser necesario pedirá a la corte que le conceda el mejor convenio posible para que logre cubrir los daños que sufrió.

Si está interesado en que se le asigne una primera cita sin costo alguno, para que consulte su caso con un experto del mencionado gremio solo debe comunicarse al 619-478-4059, donde su llamada será atendido sin importar que hora sea, ni en qué día de la semana se encuentre en curso.

No deje su caso en manos de cualquiera, ni mucho menos trate de defenderse por sí mismo, Un profesional de San Diego Personal Injury Law Firm trabajará junto a usted para que resulte bien favorecido y sus lesiones sean compensadas.